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Zonas francas estarían exoneradas de Impuesto a la Renta e IVA

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Mayo 23, 2023 (Primicias) El decreto ley que el presidente Guillermo Lasso se apresta a enviar a la Corte Constitucional sobre zonas francas incluye cuatro cambios.

Las zonas francas son áreas geográficas especiales sujetas a incentivos tributarios y aduaneros para el desarrollo de actividades económicas con miras a la exportación.

Entre los ejes del decreto ley hay beneficios tributarios y otorgar seguridad jurídica, explica el ministro de Finanzas, Pablo Arosemena.

Actualmente, solo el Estado puede crear estas zonas. Pero con los cambios podría ser el “inversionista quien decida”, según Arosemena.

Estos cambios, que serán incluidos en el decreto ley son:

Creación de zonas francas

Tras una reforma legal en 2010, solo el Estado está autorizado para crear zonas francas en Ecuador, denominadas Zonas Especiales de Desarrollo Económico (Zede). Bajo esa normativa, el gobierno de Rafael Correa creó Zedes como la de Yachay y la de la Refinería del Pacífico, pero fracasaron.

El ministro de Economía, Pablo Arosemena, dice que el decreto ley que el Gobierno se apresta para enviar a la Corte Constitucional permite que las zonas puedan ser creadas por iniciativa privada, pública o mixta. “Será el inversionista el que decida”, recalca Arosemena.

Todos los sectores

Las zonas francas que puede crear el Estado ahora se enmarcan en cuatro áreas: tecnología e innovación, diversificación industrial, servicios logísticos y sector turístico.

El nuevo decreto ley propone que no haya límites en cuanto al sector o actividad económica para establecer zonas francas.

El ministro Arosemena citó como ejemplos las actividades productivas, las actividades tecnológicas, agrícolas o agroindustriales.

Y dijo que también podrá haber zonas francas en las áreas de servicios relacionadas con el transporte, el almacenamiento, el empaque, etiquetado, clasificación, envase o distribución de productos.

Beneficios tributarios

Las Zedes tienen una exención en el pago de impuestos al comercio exterior, como aranceles, excepto por tasas de servicios aduaneros.

Otro beneficio actual para las Zedes es crédito tributario por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado en la compra de materias primas, insumos y servicios nacionales.

Además, tienen exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para pagos al exterior por importaciones de bienes y servicios para actividades autorizadas.

“Los beneficios tributarios para estas zonas ahora son nada, son centavos”, dice Arosemena.

Con el decreto ley, las zonas francas accederían a la exoneración del Impuesto a la Renta por 10 años. Si estas zonas se ubican en sectores fronterizos, la exoneración será de hasta 15 años.

Luego de ese período, tendrán una reducción de 10 puntos porcentuales en la tarifa de Impuesto a la Renta.

Además, las zonas francas estarán exentas del pago de tributos en el exterior, del IVA y del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

Seguridad jurídica

El decreto ley sobre zonas francas contendrá un artículo para otorgar seguridad jurídica a los inversionistas.

La propuesta del Gobierno de Guillermo Lasso es que cualquier modificación a la Ley no afecte los incentivos y beneficios de las zonas francas y las Zedes que se encuentren operando a la fecha o que se creen a futuro.

Fuente: https://www.primicias.ec/noticias/economia/zonas-francas-inversiones-decreto-ley-impuestos/